Paquete ómnibus de simplificación de la UE: lo que debe saber
Las principales conclusiones e implicaciones de la propuesta de la UE de racionalizar la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD), la Directiva sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CSDDD) y la taxonomía de la UE. Manténgase informado con Sedex.
¿Qué es el Ómnibus de la UE?
El Paquete Ómnibus de la UE, conocido oficialmente como el Paquete Ómnibus de Simplificación, es una propuesta legislativa presentada por la Comisión Europea el 26 de febrero de 2025. Su objetivo es reducir las cargas reglamentarias para las empresas mediante la reversión o modificación de varios requisitos de la UE en materia de sostenibilidad e información corporativa.
¿Qué está en el alcance?
A partir del 26 de febrero de 2025, la Comisión Europea ha presentado un proyecto de ley "ómnibus" que propone cambios en los requisitos de información de la UE en la CSRD y la CSDDD, el Reglamento de Taxonomía de la UE y el Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM).
¿Qué pasa después?
La propuesta ómnibus pasará ahora por el proceso legislativo de la UE, en el que participarán tanto el Parlamento Europeo como el Consejo de la UE para su revisión. Si se aprueba, se convertirá en una Directiva, que luego deberá ser incorporada a la legislación nacional por cada país de la UE.
¿Cuáles son los aspectos positivos?
El Paquete Ómnibus de Simplificación de la UE devuelve a las empresas la responsabilidad de gestionar los riesgos de su cadena de suministro , al tiempo que facilita la presentación de informes y la diligencia debida a gran escala, reduciendo los costes administrativos.
Al eximir a las empresas más pequeñas, limitar los controles de la cadena de suministro y ampliar los plazos de cumplimiento, elimina las barreras a la inversión y el crecimiento, al tiempo que da a las empresas más tiempo para prepararse. Mantiene a la UE a la vanguardia de los criterios ESG, equilibrando el liderazgo en sostenibilidad con la competitividad económica.
¿Qué es lo que permanece igual?
- Principio de doble materialidad: Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la CSRD siguen estando obligadas a informar desde una perspectiva de doble materialidad. Esto significa que deben revelar cómo los problemas de sostenibilidad afectan a su rendimiento y cómo sus actividades afectan a la sociedad y al medio ambiente.
- Estabilidad del marco central: Si bien la propuesta sugiere ajustes en los umbrales y plazos de presentación de informes, el marco fundamental de la Directiva sobre la degradación de las formas de información y la taxonomía de la UE permanece constante. Esto garantiza una estabilidad regulatoria continua para los inversores y las partes interesadas.
¿Cuáles son los cambios propuestos?
Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)
- Alcance más limitado/umbrales de presentación de informes más altos: Grandes empresas (+1.000 empleados) con una facturación superior a 50 millones de euros o un balance superior a 25 millones de euros.
- Nueva exención: Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación no están obligadas a obtener datos de empresas que no pertenezcan a CSRD.
- Aplazamiento de dos años: Aplazamiento de la fecha límite de los requisitos de presentación de informes para las grandes empresas que aún no han comenzado a implementar la CSRD y las pymes que cotizan en bolsa (Ola 2 y 3)
- Garantía limitada solamente: Solo se exige una garantía limitada, sin una transición hacia una garantía razonable.
- Menos puntos de datos obligatorios (revisión del ESRS): Revisión de las Normas Europeas de Presentación de Información en Materia de Sostenibilidad (ESRS), con el objetivo de reducir sustancialmente el número de puntos de datos
- Ausencia de normas sectoriales (revisión del SRIS): Eliminar la facultad de la Comisión de la UE de adoptar normas sectoriales específicas
- Presentación voluntaria de informes: Para las empresas que ya no estarán en el ámbito de aplicación de la CSRD (empresas de hasta 1.000 empleados), la Comisión de la UE creará un Acto Delegado para una norma de información voluntaria, basada en la norma para las empresas más pequeñas (pymes/PYME) desarrollada por el Grupo Consultivo Europeo de Información Financiera (EFRAG).
Directiva de Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad Corporativa (CDSD)
- Aplazamiento: El plazo de transposición para que los países de la UE lo conviertan en legislación nacional se pospone un año, hasta el 26 de julio de 2027. La primera fase de los requisitos de diligencia debida para las grandes empresas se retrasa hasta el 26 de julio de 2028. En julio de 2026 se proporcionarán directrices para ayudar a las empresas a prepararse.
- Reducción del alcance de la cadena de valor: Las empresas ya no están obligadas a realizar evaluaciones en profundidad de sus socios comerciales indirectos, a menos que tengan información plausible de los impactos negativos.
- Reducción de la recurrencia y de los mandatos de las partes interesadas: Las evaluaciones de debida diligencia se requerirán cada cinco años en lugar de anualmente. Se simplifica la participación de las partes interesadas y se elimina la obligación de poner fin a las relaciones comerciales como último recurso.
- Reducción de los requisitos de presentación de informes para pequeñas empresas (PYME): Existen límites a la información que las empresas pueden solicitar a las pymes (≤500 empleados), restringiéndolo a las normas voluntarias de información de sostenibilidad de la CSRD, a menos que se necesiten datos adicionales.
- Responsabilidad civil: Se eliminan las condiciones de responsabilidad civil de la UE, dejando que las leyes nacionales definan la responsabilidad y las acciones de representación de los sindicatos o las organizaciones no gubernamentales (ONG).
- Plan de transición climática: Estos deben estar alineados con los estándares de CSRD.
- Armonización: Se armonizan más disposiciones en materia de diligencia debida para garantizar unas condiciones de competencia equitativas en toda la UE.
- Exclusión de servicios financieros: Se suprime la cláusula de revisión sobre la inclusión de los servicios financieros en los requisitos de diligencia debida.
Reglamento de la Taxonomía de la UE
- Exención para pequeñas empresas (pymes): Las pequeñas y medianas empresas (pymes) ya no tienen que cumplir con los informes de la taxonomía de la UE.
- Informes voluntarios para algunas grandes empresas: Las grandes empresas (más de 1.000 empleados) con una facturación inferior a 450 millones de euros pueden optar por la presentación voluntaria de informes sobre la taxonomía, lo que reduce la obligatoriedad de la divulgación.
- Informes voluntarios de taxonomía: Las empresas que avanzan hacia la sostenibilidad pueden informar voluntariamente sobre la alineación parcial de la taxonomía para mostrar sus esfuerzos y obtener reconocimiento.
- Normalización: La Comisión de la UE elaborará actos delegados para normalizar el contenido y la presentación de los informes.
- Simplificación de informes: Las plantillas de informes se simplificarán, reduciendo los puntos de datos en casi un 70%. Las empresas pueden saltarse las evaluaciones de la taxonomía para las actividades no materiales (aquellas que representan el 10% o menos de la facturación, el gasto de capital o los activos).
- KPIs ajustados para instituciones financieras: Los bancos pueden excluir las exposiciones a empresas fuera del alcance futuro de la CSRD del denominador del Coeficiente de Activos Verdes (GAR).
Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (MAFC)
- Exención para pequeñas empresas (PYME): Los pequeños importadores, principalmente pymes y particulares, estarán exentos de las obligaciones del MAFC si importan menos de 50 toneladas de productos MAFC al año, lo que equivale a unas 80 toneladas de emisiones de CO2.
- Facilitación del cumplimiento: En el caso de los importadores que aún estén sujetos al MAFC, se simplificará el cumplimiento de la notificación, el cálculo de las emisiones, la autorización del declarante y la responsabilidad financiera.
- Medidas antiabuso: La UE mejorará la eficacia del MAFC reforzando las disposiciones contra las prácticas abusivas y desarrollando una estrategia conjunta contra la elusión con las autoridades nacionales.
Actúe ahora para aprovechar estos cambios regulatorios a su favor.
Póngase en contacto con nuestro equipo hoy mismo para que le ayude a navegar por estos requisitos cambiantes y, al mismo tiempo, mantener su ventaja competitiva en el rendimiento ESG.
Reserve una consulta gratuita para analizar cómo estos cambios pueden beneficiar a sus operaciones comerciales y al enfoque de informes de sostenibilidad.